lunes, 14 de septiembre de 2015

PROCREAR.ANSES.GOB.AR
PROCREAR (Resumen , extraído de la página PROCREAR.ANSES.GOB.AR)
BASES Y CONDICIONES PARA LA REALIZACIÓN DE LOS SORTEOS DE INICIO ...

...COMPRA DE VIVIENDA A ESTRENAR EN EL MARCO DEL
PRO.CRE.AR.
Las presentes constituyen las bases y condiciones que regulan el inicio del proceso de solicitud de créditos a individuos
con destino Compra de vivienda a estrenar en el
marco del Programa Crédito Argentino del Bicentenario para la Vivienda Única Familiar (Pro.Cre.Ar), creado por Decreto N° 902/2012 del Poder Ejecutivo Nacional.
El programa prevé la existencia de diferentes líneas de crédito para lograr el acceso a la vivienda para todos los sectores de la población que se encuentran excluidos hasta el presente de la posibilidad de acceder al financiamiento bancario. La iniciativa
impulsada por el Gobierno Nacional define plazos y condiciones de cancelación diseñadas conforme la realidad social y económica de los beneficiarios, para lograr el
acceso a la primera vivienda.
Estas bases y condiciones son aplicables para las personas que declaren no poseer terreno fuere éste propio, del cónyuge o concubino, ni vivienda así fuese propia, del cónyuge o concubino
.
No podrán acceder a este préstamo quienes hayan resultado
beneficiarios de otras líneas de crédito “PRO.CRE.AR”, o hayan
resultado beneficiados en el sorteo y que no habiendo continuado con el trámite no presenten una baja o desestimiento del mismo A los efectos del presente documento, se formulan las siguientes definiciones, las cuales reflejan el contenido exacto de los términos a los que en cada caso se hace referencia.
PROGRAMA”: se trata del FONDO FIDUCIARIO PÚBLICO denominado PROGRAMA CRÉDITO ARGENTINO DEL BICENTENARIO PARA LA VIVIENDA ÚNICA FAMILIAR (Pro.Cre.Ar.) creado por el Decreto Nº 902/2012.
COMITÉ EJECUTIVO”: es el órgano definido por el artículo 2º inciso c) del referido Decreto.
TRAMITE DE INICIO”: es el proceso al cual podrá acceder quien resulte adjudicado
en un sorteo, consistente en la presentación de una solicitud de préstamo hipotecario correspondiente al Programa.
GRUPO”: son las personas pasibles de ingresar en un sorteo del Programa, que presentan idénticos criterios de elegibilidad conforme los términos definidos en el ANEXO I.
MICROSITIO DE INTERNET”: se trata de la página web del Programa alojada en la dirección procrear.anses.gob.ar.



...CONDICIONES PARA INGRESAR EN EL SORTEO



2. Para participar en el sorteo el solicitante deberá completar el “Formulario de Inscripción” que tendrá carácter de Declaración Jurada. El mismo estará disponible en el Micrositio de Internet o podrá ser cumplimentado en alguna de las oficinas del Banco Hipotecario S.A.o UDAIs. La aplicación de inscripción otorgara un número de inscripto que conformara el número que será utilizado como base para el sorteo.

3. El Comité Ejecutivo establecerá la fecha tope para el ingreso del “Formulario de Inscripción” y las personas que se hayan inscripto hasta la fecha definida, podrán conformar el universo de casos que ingresarán al sorteo.

4.El Comité Ejecutivo se reserva el derecho de publicar y/o difundir nombres y/o fotos y/o imágenes de los participantes por cualquier medio gráfico, visual, digital, radial, etc., que exista o pueda existir en el futuro, sin derecho a compensación alguna y por tiempo ilimitado

LOS SORTEOS
5.Los sorteos para los Trámites de Inicio, estarán a cargo de Lotería Nacional Sociedad del Estado, en base a la información que suministre el Comité Ejecutivo respecto de las personas que hayan cumplido con los requisitos previstos en la presente.
6.En el Convenio oportunamente suscripto entre Banco Hipotecario S.A., en carácter de fiduciario, y Lotería Nacional
S.E., debidamente aprobado ante el Comité Ejecutivo, se encuentran reguladas las actividades a cargo de Lotería Nacional S.E.
7. El Comité Ejecutivo definirá la cantidad y fechas de los sorteos. Cada sorteo será dado a conocer con la antelación necesaria que permita asegurar la participación de los interesados.
8. El Comité Ejecutivo determinará la cantidad/proporción de Trámites de Inicio por sorteo, en forma previa a la realización de los mismos.
9.El número total de Trámites de Inicio a adjudicar será determinado por el Comité Ejecutivo, teniendo en cuenta la cantidad de personas que han solicitado participar de los sorteos y las que han cumplido las condiciones para acceder al Programa. Asimismo, se tendrá en cuenta la evolución de la operatoria

10.La nómina de las personas habilitadas para cada sorteo, se encontrará a disposición de los interesados en el Micrositio de Internet con 2 días de anticipación respecto de la fecha prevista para el respectivo sorteo. Adicionalmente, se informará para cada Grupo la cantidad/proporción de Trámites de Inicio disponibles para el respectivo sorteo.
11. Las personas que no hubieren resultado beneficiadas en los sorteos luego de realizado el último de los mismos, tendrán la posibilidad de participar en sorteos adicionales (repechajes)
a programar. Estos sorteos se habilitarán por disposición del Comité Ejecutivo y sólo en el caso en que, concluido el último
sorteo, no se hubiera cubierto el cupo asignable.
12.Los resultados de los sorteos serán publicados en el Micrositio de Internet el día siguiente hábil al de finalización del sorteo.
13. Lotería Nacional Sociedad del Estado comunicará al Comité Ejecutivo el resultado de cada sorteo en el plazo máximo de 12 horas de efectuado.
14. El Banco Hipotecario S.A informará con periodicidad
diaria al Comité Ejecutivo los datos que se requieran referidos a los créditos efectivamente otorgados. La información deberá reflejar el estado del trámite al día inmediatamente anterior
al día de la fecha considerando créditos iniciados en proceso, otorgados y denegados...
(...)
Los criterios que se detallan seguidamente conformarán una matriz que permitirá la generación de los Grupos. La asignación de beneficiarios por Grupos se realizará en función de la evaluación que tendrá lugar aplicando los criterios que se definen a continuación. La utilización de los mismos definirá la probabilidad matemática de una persona de ser beneficiada en un sorteo. La posibilidad será idéntica para cada participante de un mismo Grupo.
- Ponderación del déficit habitacional
En cuanto al análisis de déficit habitacional se tendrán en cuenta los datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) referidos a viviendas deficitarias y déficit habitacional por provincia, jurisdicción o localidad, según
resultados del Censo 2010.

- Ingreso Total del Grupo Familiar Entiéndase por ingreso total del grupo familiar la suma de los ingresos
correspondientes al titular de la solicitud de entrevista para el inicio del trámite y su cónyuge o conviviente .

Prioridad socio demográfica del grupo familiar.
Se agruparán todas las solicitudes según la prioridad demográfica del grupo familiar del solicitante, según dos rangos: ALTO y MEDIO, conforme las siguientes variables :

-Cantidad de hijos menores de 18 años;
-Integrantes de la familia con capacidades diferentes;
-Cantidad de miembros del grupo familiar;
-Edad del titular del crédito.

(mayor información en la pagina correspondiente)

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Mapa Municipio de Moron

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- una, por jurisdicción de las 7 comisarías que corresponden al Municipio.(violeta)

- otra, son las zonas por patrullero asignado. (verde
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